Desde agosto aumentan los montos del Monotributo ARCA: qué cambia y quiénes deben recategorizarse

A partir del 1 de agosto de 2025, se aplicará una nueva actualización en los topes y escalas del Monotributo ARCA, el régimen simplificado que rige para pequeños contribuyentes. La modificación responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al semestre diciembre-junio, y afectará tanto el importe mensual a pagar como los parámetros para recategorización y exclusión automática.

📊 ¿Cuáles son los cambios principales?

  • Nuevas escalas: Se ajustan de forma semestral según el IPC acumulado. Con datos preliminares, se estima un ajuste del 14,3% a 15,5%, aunque los valores definitivos se conocerán después del 15 de julio, cuando se publique el IPC de junio.
  • Tope de ingresos: El límite máximo de facturación anual para la categoría más alta (K) pasará de $82,3 millones a un rango estimado entre $93,4 y $96 millones. Superar ese tope implica la exclusión automática del régimen.
  • Montos mensuales a pagar: Se incrementarán desde agosto, pero en julio se continúa pagando el mismo valor vigente desde febrero.

📝 Recategorización obligatoria: hasta el 5 de agosto

Todos los monotributistas deben evaluar si corresponde recategorizarse, considerando los valores de actividad entre julio 2024 y junio 2025. Se tienen en cuenta:

  • Ingresos brutos anuales
  • Alquileres devengados
  • Consumo de energía eléctrica
  • Superficie afectada a la actividad

Quienes inician actividad recientemente o no superan los límites pueden permanecer en su categoría actual.

💡 Importante: aunque el análisis se hace en julio, la tabla nueva es la que debe utilizarse, ya que entra en vigencia junto con la recategorización, el 1 de agosto.

📲 Herramientas digitales para facilitar el trámite

Desde enero, ARCA implementó una modalidad simplificada para recategorizarse, disponible en el Portal Monotributo y la app ARCA Móvil. El sistema muestra automáticamente la facturación anual registrada y permite confirmarla o editarla según corresponda. Está disponible solo para quienes hayan tenido 12 meses completos en el régimen y utilicen facturación electrónica.

🚫 Exclusión automática: ¿cuándo aplica?

Se produce si el contribuyente supera el tope de facturación o incumple otras condiciones, como:

  • Tener más de 3 actividades o unidades de negocio
  • Importar productos para reventa
  • No contar con documentación respaldatoria
  • Estar incluido en el REPSAL (registro de empleadores sancionados)
  • Realizar gastos bancarios no justificados

Ojo: si se supera el tope antes del 1 de agosto, aún rige la tabla anterior. La nueva se aplica solo para hechos ocurridos desde esa fecha en adelante.

📅 En resumen:

  • 🗓️ Hasta el 5 de agosto hay tiempo para recategorizarse.
  • 💸 Nuevos valores rigen desde el 1 de agosto.
  • 📈 Las escalas se actualizan dos veces al año, en enero y julio.
  • 🔍 Superar los topes implica salir del régimen de Monotributo y pasar al régimen general.

🧾 Fuente: Blog del Contador / iProfesional