Las transferencias bancarias, depósitos en billeteras virtuales y pagos con tarjeta de crédito o débito están sujetos a retenciones impositivas que pueden variar según la provincia y el contribuyente. Estas retenciones son un adelanto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplican las administraciones tributarias provinciales.
Retenciones de Impuestos en Transferencias y Pagos Electrónicos
Las retenciones impositivas pueden afectar las transferencias bancarias, billeteras virtuales, y pagos con tarjeta, con tasas que oscilan entre el 0,01% y el 5%, dependiendo del contribuyente y la jurisdicción. Las alícuotas se actualizan mensualmente y pueden consultarse en los padrones de las administraciones tributarias de cada provincia.
Exenciones y Particularidades
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), los profesionales universitarios están exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, pero pueden estar sujetos a retenciones en otras provincias, como Buenos Aires. Esto ocurre si realizan actividades que allí no están exentas del impuesto.
Principales Sistemas de Retención
Las provincias utilizan varios sistemas coordinados para anticipar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple, explica los más comunes:
- SIRCREB (Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias): Retiene un porcentaje sobre los depósitos y transferencias recibidas.
- SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra): Aplica retenciones sobre pagos con tarjetas de crédito y débito.
- SIRCUPA (Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago): Retiene sobre billeteras virtuales como Mercado Pago y Ualá.
Funcionamiento de las Retenciones
Luis Capellano, presidente de la Comisión Arbitral que administra la distribución del impuesto, explica que todos estos sistemas calculan una única retención basada en un porcentaje de los ingresos o depósitos recibidos. El coeficiente de retención depende de la actividad y situación del contribuyente en cada jurisdicción, determinado por las propias declaraciones juradas del mismo.
Padrones y Retenciones
Las provincias publican mensualmente padrones con las alícuotas correspondientes a cada contribuyente. Estos padrones son utilizados por bancos y billeteras virtuales para aplicar las retenciones.
Computación de las Retenciones
Las retenciones se pueden computar como pago a cuenta del impuesto en la jurisdicción correspondiente, siempre que el contribuyente esté inscrito allí. Las alícuotas pueden ser más altas para quienes operan en jurisdicciones donde no están registrados.
Recomendaciones
Se recomienda a los contribuyentes llevar un control de las retenciones y los saldos mensuales para evaluar posibles reducciones a través de certificados de no retención u otros mecanismos.
Impacto en Monotributistas
En el caso del SIRTAC, los monotributistas hasta la categoría D están exentos de retenciones, mientras que en el SIRCREB, la inclusión en el padrón depende de la decisión de las jurisdicciones. Los monotributistas unificados y los del régimen simplificado de CABA generalmente no sufren retenciones por no contribuir en Ingresos Brutos.
Provincias Adheridas
El SIRCREB incluye 22 jurisdicciones, excluyendo Misiones y Tucumán. El SIRTAC tiene 19 jurisdicciones adheridas, con CABA, Santa Fe y La Pampa preparándose para implementarlo en 2025.
Monotributo Unificado
El Monotributo Unificado de Ingresos Brutos permite inscribirse en varias provincias a través de ARCA, facilitando la gestión tributaria para los contribuyentes en 13 provincias adheridas, como Entre Ríos, Mendoza y Córdoba.
En conclusión, las retenciones por impuestos provinciales pueden reducir los ingresos de transferencias bancarias y billeteras virtuales o aumentar los gastos con tarjetas de crédito y débito, afectando las finanzas de los contribuyentes.
Fuente: Iprofesional.com