Los cambios que llegan con la desregulación de las obras sociales y la competencia con las prepagas

El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto para la desregularización del sistema de obras sociales. El DNU lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y el ministro de Salud, Mario Russo.

Esta medida alcanza a 14 millones de trabajadores en relación de dependencia, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas, y a más de 5 millones de personas que están en el sistema general.

Con esta iniciativa, el Gobierno busca que los beneficiarios puedan elegir y dar curso a la libre competencia entre las obras sociales y el sistema de medicina prepaga.

Por medio de tres decretos, se implementaron modificaciones en la normativa de regulación para los afiliados de obras sociales y prepagas.

El texto señala: “El derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.

Los organismos detallados en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, son:

Obras sociales sindicales.

Los institutos de administración mixta, las obras sociales, las reparticiones u organismos que hayan sido creados por leyes de la Nación.

Las obras sociales de la administración central del Estado Nacional y sus organismos autárquicos y descentralizados.

Las obras sociales de las empresas y sociedades del Estado.

Las obras sociales del personal de dirección y de las asociaciones profesionales de empresarios.

Las obras sociales constituidas por convenio con empresas privadas o públicas.

Las obras sociales del personal civil y militar de las Fuerzas Armadas, de seguridad, Policía Federal Argentina, Servicio Penitenciario Federal y los retirados, jubilados y pensionados del mismo ámbito.

La libre elección podrá ejercerse por el pazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud, explica el decreto.

El Gobierno Nacional con la desregulación pone en marcha el reordenamiento de los aportes y contribuciones que hace el Estado al sector de la salud, uno de los objetivos declarados por el presidente, Javier Milei, que considera al actual sistema como una “cajas negras” que financian a los gremios y la política.

La nueva norma aclara que, “el plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma Entidad de Medicina Prepaga”, explican. Otro de los puntos a resaltar que se indican en el decreto es que los beneficiarios podrán elegir una vez al año su obra social, en el momento que lo desee, desde que haya comenzado su relación laboral”.

El decreto comenzará a regir a partir del 1° de marzo.